Desde el 11 de octubre de 2024, la Resolución 267/24 de la Secretaría de Industria y Comercio prohíbe a las empresas de servicios públicos en Argentina, como EJESA y Agua Potable de Jujuy, incluir en sus facturas cargos que no correspondan exclusivamente al servicio prestado. Esta medida se tomó en respuesta a denuncias de usuarios sobre cobros adicionales en las facturas, tales como tasas municipales, que incrementan el costo del servicio contratado.
¿Qué dice la normativa?
La resolución establece que las facturas deben contener solo los costos directamente relacionados con el servicio, excluyendo conceptos como tasas de alumbrado, barrido o vigilancia. Las empresas de servicios que incumplan esta normativa enfrentarán sanciones bajo la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, que incluye posibles multas superiores a los 2.000 millones de pesos.
¿Cómo denunciar?
En caso de recibir facturas con cargos indebidos, los consumidores pueden presentar una denuncia a través del correo electrónico denunciatufactura@comercio.gob.ar. Este canal fue habilitado por la Secretaría de Comercio para recibir y gestionar los reclamos de usuarios afectados.